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Ampliado el plazo de solicitud de subvención para certificaciones hasta el 30 de noviembre de 2023

GRS, GOTS, OEKO TEX, ECOLABEL Y otras certificaciones subvencionadas al 80%

Programa de «Mentoring y apoyo a la internacionalización de la PyMe»

Esta línea de ayudas cuenta con un amplio presupuesto para subvencionar la obtención de todo tipo de certificaciones, como por ejemplo GRS, GOTS, OEKO TEX, ECOLABEL…. En este caso se subvencionarán todas aquellas certificaciones que os ayuden a ser más competitivos en los mercados extranjeros fuera de la UE (pueden ser certificaciones voluntarias).

La clave para obtener esta subvención es demostrar la importancia de obtener estas certificaciones en la memoria que deberéis presentar. Allí tenéis que ser muy convincentes alegando que estas certificaciones son prácticamente imprescindibles para vender en el extranjero.

Adicionalmente se aprobarán proyectos ya iniciados o finalizados siempre que la fecha de factura y pago de los conceptos para los que se solicite la ayuda sea posterior a 1 de enero de 2023.

Excepcionalmente se subvencionarán certificados de conformidad si su validez es temporal y no aplican únicamente para una única exportación concreta. Podéis consultar vuestro caso particular escribiendo a mentoring@camara.es.

Los requisitos para solicitar esta ayuda son los siguientes:

  • Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 20141
  • Estar inscrita en el Censo IAE, que debe reflejar la actividad económica efectivamente
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de producto, servicio o marca propia.
  • Tener una facturación superior 1 millón de euros en el último ejercicio contable
    cerrado.
  • Ser empresa exportadora (sólo si se solicita la ayuda para una certificación internacional de carácter voluntario para un mercado fuera de la UE).
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013), en virtud del cual la ayuda total concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales – o a 100.000 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en curso y durante los ejercicios fiscales anteriores.
  • No tener la consideración de empresa en crisis
  • Asumir frente a la entidad convocante, la totalidad de derechos y obligaciones
    inherentes a la condición de beneficiario, derivada de la Ley 38/2003, de 17 de
    noviembre, General de Subvenciones, y del Reglamento que la desarrolla,
    aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio desarrollada en la fecha de
    solicitud de la ayuda.

Cuantía máxima subvencionable:

La empresa recibirá hasta un máximo de 20.000 euros como ayuda económica, sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros para apoyar los costes derivados de la obtención de las certificaciones de productos y/o servicios mercados fuera de la UE.

En todos los casos, los gastos serán pre financiados por las empresas beneficiarias, quienes asumirán además el 20% de cofinanciación de los mismos.

Conceptos subvencionables:

  • Gastos de consultoría necesarios para llevar a cabo la certificación de los
    productos
  • Coste de envío de muestras (incluye certificación de envío), de devolución al
    acabar los ensayos y/o destrucción de las muestras.
  • Coste de los ensayos de laboratorio (en España o en destino)
  • Coste de ensayos o de investigaciones clínicas
  • Coste de emisión del certificado/homologación
  • Coste de realización de auditorías en caso de ser precisas y siempre relacionadas
    con el proceso de certificación/homologación
  • Coste de renovación/mantenimiento de certificados, si bien tendrán carácter
    prioritario en lo que a apoyo se refiere certificaciones de primer año
  • Traducción y legalización de documentos

Solicitud:

Disponible hasta el 30 de noviembre de 2023.
Importante: las solicitudes se aprobarán por orden de llegada, así que os recomendamos tramitarlas lo antes posible a través de la sede electrónica: https://sede.camara.es/sede/tramites/TR0000004989
Descárgate las bases aquí

Para cualquier duda, podéis contactar con luz@texfor.es – 93 745 19 17 o poneros en contacto directamente con mentoring@camara.es